Marcas y avisos de privacidad

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Con el objetivo de asesorar y ofrecer capacitación para los socios en ramos de su interés, la ANDIRA continúa ofreciendo una serie de conferencias para sus asociados. En esta ocasión, la protección de datos fue el tema principal.

Las multas por no contar con avisos de privacidad pueden ir desde los 6 mil 729 hasta los 21 millones 532 mil 800 pesos.

Sinaí Romo / Jaime Torres, fotografías.

Los asistentes pudieron conocer sus derechos y obligaciones legales frente a clientes y trabajadores

La Asociación Nacional de Distribuidores de la Industria de la Refrigeración y Aire Acondicionado (ANDIRA) tuvo un encuentro para sus socios en el que se ofrecieron conferencias de gran interés.

La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y el registro de marca fueron los temas tratados durante la reunión, con el objetivo de que los distribuidores conocieran cuáles son sus derechos y obligaciones frente a sus clientes y trabajadores, ya que de esta manera mantendrán sus actividades en orden y al margen de la Ley.

El Aviso de privacidad es un documento físico, electrónico o en cualquier otro formato (como puede ser visual o sonoro) generado por el responsable, el cual es puesto a disposición del titular previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con lo que establece la Ley.

El licenciado José Martín Tamayo explicó que el objetivo de la LFPDPPP es proteger los datos personales que se encuentren en posesión de los particulares de manera que establezcan los términos y condiciones del tratamiento de los datos, a fin de que el dueño de una empresa pueda tomar decisiones en relación con esos datos y pueda mantener el control y disposición de la información que le corresponde. Además, Martín resaltó que las multas por no contar con avisos de privacidad pueden ir desde los 6 mil 729 hasta los 21 millones 532 mil 800 pesos. También mencionó que aunque es de suma importancia dar a conocer los avisos, el responsable no está obligado a entregar una copia de éstos al titular, a menos que así se le solicite.

Objetivos de la LFPDPPP

  • Proteger los datos personales en posesión de los particulares
  • Regular su tratamiento legítimo, controlado e informado
  • Garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas

El aviso de privacidad es una declaración que informa al titular de los datos personales:

  • Quién recaba (responsable)
  • Qué (información que se recaba)
  • Para qué recaba (las finalidades del tratamiento)
  • Cómo limitar el alcance (uso o divulgación)
  • Cómo revocar consentimiento
  • Cómo ejercer derechos ARCO (medios)
  • Cómo comunicar cambios al aviso (procedimiento y medio)
  • Si se acepta o no que los datos se comuniquen a terceros (transferencias)
  • En su caso, si se recaban datos sensibles

A0CG0003756El aviso de privacidad protege los datos personales

Los avisos reconocen tres modalidades: integral, simplificado y corto, según señala el licenciado Martín.

A0CG0003755José Martín Tamayo explicó la importancia del aviso de privacidad

El aviso integral se utiliza cuando se recaban datos del titular de manera personal (físicamente). El aviso simplificado se usa cuando los datos se obtienen de manera directa; por ejemplo, a través de Internet o vía telefónica. El tercer tipo, el corto, se maneja cuando el espacio utilizado para obtener los datos es mínimo y limitado. Tal es el caso de boletos para rifas, mensajes de texto o cajeros automáticos, por citar algunos ejemplos comunes.

A0CG0003754Marcandur, especialistas en propiedad intelectual

Por otra parte, los licenciados Carlos Durán y Gilda Hernández, de la empresa MARCANDUR, especilistas en propiedad intelectual, hablaron acerca de lo que se debe saber respecto de las marcas registradas, patentes y diseños industriales. En esta conferencia se asesoró a los socios de la ANDIRA respecto de los pasos a seguir para registrar sus marcas exitosamente.

Los ponentes mencionaron que en el caso de los distribuidores es sumamente importante que cuenten con dicho registro, con el fin de que en un futuro no existan problemas por suplantación, robo o problemas de marca; por lo cual, los ponentes les recomendaron verificar que su marca esté registrada en México, acordar los términos del registro en el país, firmar un contrato de distribución, inscribirse ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI) y defender su marca ante terceros no autorizados.

A0CG0003753Ambas conferencias fueron bien recibidas por los invitados, pues los socios ANDIRA se mostraron muy interesados en conocer todos los pasos que se deben seguir para llevar sus operaciones en orden y resgistar sus marcas de manera exitosa.

Además, varios invitados externaron sus dudas a los ponentes, quienes amablemente respondieron a sus preguntas y les ofrecieron asesoría para que sus operaciones futuras puedan llevarlas a cabo de manera correcta.

Como ya es costumbre, Vicente Melgoza, actual presidente de la Asociación, agradeció la asistencia de cada uno de los socios y los invitó a seguir retroalimentando a la ANDIRA con sus opiniones y comentarios, “pues de esta manera podremos ser más exitosos en nuestra labor como distribuidores del sector HVACR, el cual necesita mayor impulso”, concluyó.

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